Atención sanitaria en residencias: ¿pública o privada? 1

Si hay algo poco conocido es el tipo de atención sanitaria qué se presta en las residencias de personas mayores. Probablemente, el motivo sea el poco interés que despierta en la mayoría de nosotros este tipo de recurso social. Quizás sea un tema de interés para futuras entradas el debate en torno a estos motivos. La cuestión es que para poder entrar en materia creo que vendrá bien echar mano de la memoria, la mía  digo, y lo que esta nos puede alumbrar. Recuerdo como si fuera ayer un caso concreto que nos viene al pelo. En una residencia real, cuyo nombre me ahorro de decir, ingresó una persona que hasta ese momento estaba viviendo dos calles más allá de donde estaba sita la residencia. Al ingreso, este anciano padecía diabetes mellitus insulindependiente, complicada con una úlcera en el pie, de etiología  diabética. El anciano estaba cognitivamente en un excelente estado de salud. Hasta el día anterior al ingreso, a casa de esta persona se desplazaban muy diligentemente los servicios sanitarios de atención primaria, tanto médico como enfermera, los cuales hacían un buen seguimiento tanto de la patología diabética como de su complicación en forma de herida. Cuando llegó a la residencia aplicamos el procedimiento de ingreso, el cual estaba dividido en diferentes partes, siendo una de estas la entrevista con el médico del centro. Al ver al facultativo el anciano nos preguntó cual sería su médico, a lo cual respondimos que el mismo que antes de ingresar pues no había cambiado de zona de salud ni el desplazamiento desde su casa había sido tan largo. Ante la cara de asombro que puso al ver que el médico que estaba pasando los test y haciendo las correspondientes exploraciones no era el mismo que el de cabecera, nos pidió hablar con su médico de toda la vida. Tanto el médico como yo nos miramos con disimulo, y después de mucho insistir llamamos al Centro de Salud para que le pasaran con el galeno. Al poco rato, el anciano colgó el teléfono y nos dijo, no sin cierta cara de desconcierto, algo que nosotros ya sabíamos, a saber, que aunque el paciente, es decir él, estuviera legalmente adscrito al cupo del médico de cabecera del Centro de Salud, su médico sería el de la residencia desde ese momento y mientras estuviera allí viviendo. Lo siguiente que preguntó el mayor fue si el servicio médico y de enfermería de la residencia iban a ser abonados por él. ¡¡Qué gran pregunta!!. En ese punto de la conversación decidimos llamar a la directora de la residencia, ya que entendimos que en estas tesituras la persona que mejor se lo podría explicar era ella. Las buenas relaciones entre el personal sanitario y la gestora permitieron que nos quedáramos a escuchar la explicación. "En nuestra Comunidad Autónoma, aunque también ocurre el mismo fenómeno en la mayoría de comunidades, la función mínima del personal sanitario en una residencia viene reflejada en una norma, el Decreto 69/2005, el cual matizaba, y sigue matizando, claramente las escasas funciones que tanto médico como enfermera tenían adscritas. En cualquier caso, ninguna de estas funciones contemplaba el diagnóstico de patologías y el seguimiento de las mismas en los ancianos ingresados. De hecho, en un par de artículos incluso se incidía explícitamente en la obligación de la residencia de facilitar el acceso de los ancianos a los servicios PUBLICOS de salud. Entonces, ¿Porqué los médicos y las enfermeras de los Centros de Salud se niegan a ir a las residencias de personas mayores a visitar y continuar  haciendo el seguimiento a sus pacientes?", nos preguntó el anciano. La directora nos miró con disimulo y respondió >>>> continuará en la siguiente entrada

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